Tema 16 - Introducción: el mapa civil después de la LO 1/2025
Procedimientos declarativos, especiales, monitorio, MASC y jurisdicción voluntaria
Pocos temas del programa de Auxilio Judicial concentran tanta materia y tantos cambios recientes como éste. La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, lleva veinticinco años siendo la columna vertebral del proceso civil español; sobre ese armazón, la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha introducido en abril de 2025 una reforma de calado que toca tres niveles a la vez: el procedimental (sentencias orales en el verbal, audiencia previa simplificada, replanteo de la cuantía), el extrajudicial (los nuevos MASC obligatorios como requisito de procedibilidad) y el organizativo (Tribunales de Instancia, Oficinas de Justicia en los municipios). El opositor no puede limitarse a memorizar los arts. 399 y 437; necesita ver el flujo completo y entender qué piezas se han movido en 2025.
El examen de Auxilio Judicial pregunta este tema con dos perfiles complementarios. Por un lado, preguntas «secas» sobre cuantías, plazos y artículos: ¿cuál es el umbral del juicio verbal por cuantía?, ¿qué plazo tiene el demandado para contestar en el ordinario?, ¿cuántos días hay para oponerse a un monitorio? Por otro lado, preguntas de bloque sobre la lógica del sistema: ¿en qué supuestos NO es exigible el MASC?, ¿qué relación hay entre conciliación privada del art. 15 LO 1/2025 y conciliación ante el LAJ del art. 139 Ley 15/2015?, ¿qué
1. Principios y clases de procedimientos declarativos en la LEC
El Libro II de la LEC se titula precisamente «De los procesos declarativos» y arranca con un Título I dedicado a las disposiciones comunes a los juicios declarativos (arts. 248-258), donde el legislador establece la estructura básica del sistema: dos cauces (ordinario y verbal), unas reglas para asignar cada conflicto al cauce que le corresponde por materia o cuantía, y un conjunto de principios procesales comunes. Este punto del temario suele dar dos tipos de preguntas: las del «catálogo» de qué materia va por qué cauce —que se memorizan— y las de aplicación del principio (cuantía vs. materia) que requieren entender la lógica.
1.1. El sistema dual ordinario/verbal del art. 248 LEC
La gran novedad de la LEC 2000 frente a la LEC de 1881 fue precisamente la simplificación: del laberinto de juicios de mayor cuantía, menor cuantía, cognición, declarativos especiales y demás del régimen anterior, se pasó a un esquema dual con sólo dos procedimientos declarativos, regulados con detalle, y a los que se reconducen todos los conflictos civiles cuya tramitación no esté reservada a un proceso especial.
1. Toda contienda judicial entre partes que no tenga señalada por la Ley otra tramitación, será ventilada y decidida en el proceso declarativo que corresponda.
2. Pertenecen a la clase de los procesos declarativos:
1.º El juicio ordinario.
2.º El juicio verbal.
3. Las normas de determinación de la clase de juicio por razó