Tema 7 - Introducción: la cúpula del Poder Judicial español
Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales
Este tema cubre los cuatro órganos colegiados que coronan la pirámide judicial española por encima de los Tribunales de Instancia (estudiados en el Tema 8). Cuando el Auxilio Judicial actúa como auxiliar de un órgano colegiado, lo hace en una de estas cuatro estructuras o en sus salas y secciones, y la convocatoria suele exigir que el opositor distinga con precisión qué órgano conoce qué materia, qué recurso resuelve cada Sala y qué territorio cubre cada uno. El Tribunal Supremo culmina la organización judicial estatal en todos los órdenes salvo lo relativo a garantías constitucionales (que corresponde al Tribunal Constitucional, ajeno al Poder Judicial). La Audiencia Nacional concentra la jurisdicción especializada en delitos de proyección supraprovincial (terrorismo, narcotráfico, criminalidad organizada, falsificación de moneda) y en contencioso-administrativo y social estatal. Los Tribunales Superiores de Justicia son la cima judicial de cada Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la jurisdicción del Tribunal Supremo. Las Audiencias Provinciales son los órganos colegiados de la provincia que conocen los recursos contra las resoluciones de los Tribunales de Instancia y, en ciertos casos, juzgan en primera instancia delitos graves.
El examen de Auxilio Judicial 2026 (turno libre y promoción interna, Orden PJC/1549/2025, BOE-A-2025-27053) recoge este tema en el Bloque II «P
1. Tribunal Supremo: composición y competencias
El Tribunal Supremo (TS) es la pieza más alta de la pirámide judicial española. Lo establece directamente la Constitución de 1978 y lo desarrolla la LOPJ en sus arts. 53 a 61 sexies. Es órgano único, con sede en Madrid, con jurisdicción en toda España, y ningún otro órgano judicial puede ostentar el título de «Supremo». La Constitución le reserva la cima jurisdiccional en todos los órdenes (civil, penal, contencioso-administrativo, social y militar) salvo en materia de garantías constitucionales, donde es el Tribunal Constitucional el que conoce. Su Presidente es a la vez Presidente del Consejo General del Poder Judicial, lo que le otorga la representación máxima del Poder Judicial español ante los demás poderes del Estado.
1.1. Marco constitucional y posición institucional
La Constitución dedica al Tribunal Supremo el art. 123, dentro del Título VI, dedicado al Poder Judicial. Esa posición no es casual: el TS es el órgano que materializa el principio de unidad jurisdiccional del art. 117.5 CE. Por debajo de él, el resto de tribunales españoles forman una estructura piramidal articulada por instancias y recursos.
1. El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.
2. El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, en la forma que