Tema 8 - Introducción: del juzgado unipersonal al Tribunal de Instancia
Tribunales de Instancia, Tribunal Central de Instancia y Oficina de Justicia en el Municipio
Hay temas en los que el opositor estudia para no fallar; éste es de los pocos en los que estudia para entender un cambio de modelo. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia ha hecho saltar por los aires la organización judicial española de primer escalón tal y como existía desde 1985. Donde había Juzgados de Primera Instancia, Juzgados de Instrucción, Juzgados de lo Penal, Juzgados de lo Social, Juzgados de Familia, Juzgados de Menores, Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Juzgados de Violencia sobre la Mujer, Juzgados de lo Mercantil, Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y Juzgados de Paz —once tipos distintos de órgano unipersonal, cada uno con su numeración, su plantilla, su Letrado y su oficina judicial autónoma—, la nueva ley ha colocado un único órgano colegiado por partido judicial: el Tribunal de Instancia, con una o varias Secciones internas que asumen las materias antes dispersas.
El examen de Auxilio Judicial sabe que este tema cae casi seguro en la convocatoria 2026: es la novedad más rentable del bloque organización, y a la vez el área en la que más academias todavía publican manuales con la redacción anterior. Quien controle al detalle el catálogo de Secciones, los plazos del despliegue escalonado (1 de julio de 2025 / 1 de octubre de 2025 / 31 de diciembre de 2025), la composici
1. Los Tribunales de Instancia: concepto, composición, gobierno
El Tribunal de Instancia es la pieza maestra de la nueva organización judicial española de primer escalón. La LO 1/2025 lo configura como un órgano colegiado en su gobierno aunque unipersonal en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, con sede en cada partido judicial, dotado de presidencia propia y articulado internamente en una o varias Secciones que se reparten las distintas materias. Sustituye al modelo anterior de juzgados unipersonales independientes y autosuficientes (cada uno con su número, su Letrado, su oficina y su plantilla orgánica) por un esquema en el que la unidad organizativa pasa a ser el Tribunal entero, no la plaza individual, y donde la asignación de jueces a Secciones es funcional, no estructural.
1.1. Concepto: qué es un Tribunal de Instancia
Un Tribunal de Instancia es, en lenguaje legal, el órgano judicial de primera instancia que existe en cada partido judicial y que agrupa, bajo una única estructura colegiada de gobierno, el conjunto de plazas judiciales destinadas a ese partido, distribuidas en una o varias Secciones según el orden jurisdiccional y la especialización de cada plaza. La definición técnica resulta del art. 84 LOPJ tras la LO 1/2025, y conviene desmenuzarla.
Órgano judicial existente en cada partido judicial, con sede en su capital, integrado por una Sección única (de Civil y de Instrucción) o por una Sección Civil y otra de Instrucción separadas, así como,