Tema 13 - Introducción: los tres Cuerpos Generales como pirámide
Los Cuerpos Generales (I): funciones, acceso, promoción interna, condición de funcionario, derechos, deberes, jornada y permisos
Hay temas que el opositor de Auxilio Judicial estudia con doble interés: porque entran en el examen y porque describen, literalmente, el puesto al que aspira. El Tema 13 es uno de ellos. Trata sobre los tres Cuerpos Generales —Gestión Procesal, Tramitación Procesal y Auxilio Judicial—, sus funciones, el modo de acceder a ellos, la promoción interna, los derechos y deberes que comportan y las condiciones de trabajo (jornada, vacaciones, permisos y licencias). El opositor que aprueba esta materia está, en realidad, leyendo la descripción del primer tramo de su carrera profesional: a qué se va a dedicar el día siguiente al de la toma de posesión, qué derechos podrá ejercer, qué deberes le obligarán y cuántos días de vacaciones podrá disfrutar.
El núcleo legal del tema se encuentra en el Libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (arts. 470 a 538), con especial intensidad en los arts. 475 a 477 (concepto y funciones), 482 a 487 (acceso y promoción interna), 488 a 495 (adquisición y pérdida de la condición), 496 a 500 (derechos), 501 a 505 (deberes e incompatibilidades), 506 a 510 (jornada y horarios) y 511 a 514 (permisos y licencias). Estas normas se completan supletoriamente con el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (arts. 14, 47-50 y 56
2. Funciones del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (subgrupo A2)
El Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (en adelante, GPA) es el más cualificado de los tres Cuerpos Generales. Sus funciones se sitúan en el plano de la decisión técnica, la resolución motivada de incidencias procesales y el apoyo cualificado al juez y al Letrado de la Administración de Justicia. El art. 476 LOPJ enumera el catálogo: cualquier opositor que aspire a contestar bien una pregunta sobre GPA tiene que tener esa lista grabada literalmente, porque el examen no admite confusiones entre lo que hace un GPA (resuelve, propone, sustituye habilitado al LAJ) y lo que hace un TPA (tramita, registra, mecaniza la documentación).
2.1. Concepto, naturaleza y dependencia
El Cuerpo de GPA está formado por funcionarios al servicio de la Administración de Justicia que, conforme al art. 476.1 LOPJ, "colaboran en la actividad procesal de nivel superior, así como la realización de tareas procesales propias y de gestión administrativa". La definición legal contiene tres elementos clave: (i) colaboración con la actividad procesal "de nivel superior" —es decir, con la del juez y la del LAJ—; (ii) tareas procesales propias —no de mera mecanización, sino con margen de decisión técnica—; y (iii) tareas de gestión administrativa —incluida la dirección operativa de los servicios comunes procesales cuando así se les encomiende—.
Corresponde al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa colaborar en la actividad pro